Hacer la declaración de la Renta tras comprar un piso

compra de una vivienda en la renta

La campaña de la Renta anual dio el pistoletazo de salida el pasado 3 de abril de 2024, por lo que los contribuyentes ya pueden realizar sus declaraciones a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Quienes hayan comprado una vivienda a lo largo del ejercicio anterior, probablemente se pregunten si están obligados a hacer la declaración de la Renta o si tienen la posibilidad de aplicar deducciones por la operación.

Veamos, a continuación, cuando se está obligado a declarar la compra de una vivienda en la Renta, cómo debería hacerse y en qué casos se deben pagar impuestos.

¿Todos los compradores deben declarar la operación?

Quienes hayan vendido una vivienda, tendrán que rendir cuentas a Hacienda. Pero ¿qué ocurre con quienes hayan comprado un inmueble durante el ejercicio anterior?, ¿están obligados a declarar la compra a Hacienda?

¿Es necesario declarar la compra de una vivienda?

La compra de una vivienda, aunque no genere ninguna renta o ganancia debe declararse ante Hacienda. Por lo tanto, a la pregunta de si es necesario informar a la AEAT sobre la adquisición de un inmueble, la respuesta es un rotundo sí.

 

¿Cómo declarar la compra de una vivienda en la Renta?

La compra de una propiedad no requiere el pago de impuestos en el IRPF. Pero si la vivienda adquirida es la residencia habitual del comprador, el contribuyente deberá realizar lo siguiente:

  • Marcar la casilla de cambio de domicilio en la declaración de la Renta.
  • Modificar el domicilio fiscal.
  • Incluir los datos de la nueva vivienda, como la referencia catastral y la información técnica asociada al inmueble.
¿Qué requisitos debe cumplir una vivienda para ser considerada habitual?

Según la Agencia Tributaria, una vivienda habitual es aquella que cumple con los siguientes requisitos:

  • Constituye la vivienda permanente del contribuyente por un plazo continuado de tres años.
  • El contribuyente habita la vivienda tras un plazo inferior a 12 meses desde la fecha de compra o terminación de obras.

Deducciones en la Renta tras adquirir una vivienda

Actualmente, la compra de una propiedad no es deducible en la Renta. Solo pueden aplicar la deducción estatal por inversión en vivienda habitual quienes compraron su propiedad antes del 1 de enero de 2013, de acuerdo con la Agencia Tributaria.

Aunque esta deducción estatal ya no se aplica en España, sí existen comunidades autónomas que aplican deducciones autonómicas para desgravar la compra de una propiedad.

A continuación, encontrarás algunos ejemplos de deducciones en vigor en las distintas CCAA:

  • Aragón: Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales.
  • Castilla-La Mancha: Deducción por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales.
  • Castilla y León: Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales / por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual.
  • Comunidad de Madrid: Deducción por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos.
  • Comunidad Valenciana: Deducción por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años.

 

¿Tengo que pagar impuestos si he vendido una vivienda para comprar otra?

Si vendiste tu antigua vivienda y reinvertiste el 100% de las ganancias en la compra de tu nueva propiedad, estás exento de pagar IRPF por los beneficios de la venta.

Eso sí, para evitar tener que abonar impuestos por la venta de tu vivienda, la compra de la siguiente propiedad debe haberse hecho en un plazo inferior a dos años. Además, si para la compra de la nueva vivienda no se ha utilizado el 100% de las ganancias obtenidas, se debe tributar por la diferencia.

La cosa cambia cuando la vivienda que has adquirido se destina como segunda residencia: una casa en la playa o en la montaña destinada al descanso o recreo o bien una vivienda para alquilar.

 

¿Cómo tributa la compra de una segunda residencia?

Si has comprado un apartamento a pie de pistas de ski o cerca del mar para tus periodos vacacionales (navidades, Semana Santa, verano…) los pasos a seguir en la Renta son distintos.

Ahora bien, el concepto de segunda residencia también puede referirse a la adquisición de una vivienda como instrumento de inversión, es decir, comprar el piso para alquilar y obtener rentabilidad.

¿Cómo incluir la compra de una segunda residencia en la Renta?

La inclusión de la compra de una segunda residencia en la declaración de la renta puede depender del uso que se le haya dado al inmueble. La propiedad de una segunda residencia puede tener implicaciones fiscales significativas, y estas pueden variar según si se trata de una propiedad para uso personal, alquiler o inversión.

Declarar un inmueble para disfrute personal

La compra de una vivienda para disfrutarla en los periodos vacacionales sí tributa por el IRPF, ya que se trata de un incremento del patrimonio. Si mantenemos la vivienda para uso y disfrute personal, tributa al 2% del valor catastral o al 1,1% si el valor catastral fue revisado en los últimos 10 años.

Se debe rellenar la casilla de “imputación de renta inmobiliaria”. En este apartado, se engloban todas las propiedades inmobiliarias del contribuyente.

 

¿Has comprado un piso para alquilar? Así se declaran las rentas

Si has comprado una vivienda en 2023 y la has puesto en alquiler, debes saber que estás obligado a declarar las rentas obtenidas, que tributan como rendimientos de capital inmobiliario.

En la Renta 2023, es decir, la que aplica al ejercicio fiscal anterior, continúa vigente la reducción por arrendamiento de vivienda, fijada en el 60%. De esta manera, solo tributas por el 60% de las rentas percibidas si la vivienda alquilada se ha destinado a residencia habitual.

A partir del 1 de enero de 2024, es decir, en la próxima declaración de la Renta, el porcentaje de reducción se modificará:

  • 90% de reducción al alquilar vivienda habitual en un mercado tensionado y con una rebaja en el precio del 5% sobre el contrato anterior.
  • 70% de reducción al alquilar vivienda habitual en zona tensionada a jóvenes de hasta 35 años.
  • 60% de reducción cuando en la vivienda se hayan realizado obras de rehabilitación en los dos años anteriores a la firma del contrato.
  • 50% en el resto de los casos.

 

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