Hacer la declaración de la Renta tras comprar un piso

compra de una vivienda en la renta

La campaña de la Renta o IRPF dio el pistoletazo de salida el pasado 2 de abril de 2025, por lo que los contribuyentes ya pueden realizar sus declaraciones a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Quienes hayan comprado una vivienda a lo largo del ejercicio anterior, probablemente se pregunten si están obligados a hacer la declaración de la Renta o si tienen la posibilidad de aplicar deducciones por la operación.

Veamos, a continuación, cuando se está obligado a declarar la compra de una vivienda en la Renta, cómo debería hacerse y en qué casos se deben pagar impuestos.

¿Es necesario declarar la compra de una vivienda?

La compra de una vivienda, aunque no genere impuestos en la IRPF, debe declararse en la Renta si:

  • Has adquirido la propiedad con el dinero de la venta de otra vivienda.
  • Has recibido ayudas públicas para la compra.

Por lo general, si has comprado una vivienda habitual y no te has beneficiado de ayudas o no has invertido el dinero de la venta de otra propiedad, solo tendrás que modificar los datos sobre tu dirección fiscal en Hacienda.

 

¿Cómo declarar la compra de una vivienda en la Renta?

Como adelantamos, la compra de una propiedad no requiere el pago de impuestos en el IRPF, pero si la vivienda adquirida es la residencia habitual del comprador, el contribuyente deberá realizar lo siguiente:

  • Marcar la casilla de cambio de domicilio en la declaración de la Renta.
  • Modificar el domicilio fiscal.
  • Incluir los datos de la nueva vivienda, como la referencia catastral.
¿Qué requisitos debe cumplir una vivienda para ser considerada habitual?

Según la Agencia Tributaria, una vivienda habitual es aquella que cumple con los siguientes requisitos:

  • Constituye la vivienda permanente del contribuyente por un plazo continuado de tres años.
  • El contribuyente habita la vivienda tras un plazo inferior a 12 meses desde la fecha de compra o terminación de obras.

Deducciones en la Renta tras adquirir una vivienda en 2024

Actualmente, la compra de una propiedad no es deducible en la Renta. Solo pueden aplicar la deducción estatal por inversión en vivienda habitual quienes compraron su propiedad antes del 1 de enero de 2013, de acuerdo con la Agencia Tributaria. No obstante, sí existen comunidades autónomas que aplican deducciones autonómicas para desgravar la compra de una propiedad.

Deducciones en vigor en las distintas CCAA para este 2025

Estas son las deducciones en vigor en las distintas CCAA en la Renta 2024:

Andalucía

  • Deducción por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las personas jóvenes.

Aragón

  • Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales.
  • Deducción por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo.

Asturias

  • Deducción por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad.
  • Deducción por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.
  • Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para determinados colectivos.

Canarias

  • Deducción por inversión en vivienda habitual.

Castilla-La Mancha

  • Deducción por los gastos en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera vivienda habitual por menores de 40 años.
  • Deducción por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales.

Castilla y León

  • Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales
  • Deducción por adquisición de vivienda habitual de nueva construcción.

Comunidad de Madrid

  • Deducción por el pago intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de 30 años.
  • Deducción por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos.
  • Deducción por adquisición de vivienda habitual en municipios en riesgo de despoblación.
  • Deducción por cambio de residencia a un municipio en riesgo de despoblación.

Extremadura

  • Deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo.
  • Deducción por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales.Por residir habitualmente en municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 3.000 habitantes.
  • Deducción por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes.

Galicia

  • Deducción por adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo.

Murcia

  • Deducción por inversión en vivienda habitual por jóvenes de edad igual o inferior a 40 años (incluido el régimen transitorio).
  • Deducción por adquisición de nueva vivienda habitual o ampliación de la actual por familias numerosas.

La Rioja

  • Deducción por adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios.
  • Deducción por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años.
  • Deducción por cantidades invertidas para la adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes.
  • Deducción para paliar la subida de intereses de préstamos hipotecarios destinados a adquisición de vivienda habitual.

Comunidad Valenciana

  • Deducción por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad inferior a 36 años.
  • Deducción por la adquisición de su vivienda habitual por personas con discapacidad.
  • Deducción por el incremento de los costes de financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual.

¿Tengo que pagar impuestos si he vendido una vivienda para comprar otra?

Si vendiste tu antigua vivienda y reinvertiste el 100% de las ganancias en la compra de tu nueva propiedad, estás exento de pagar IRPF por los beneficios de la venta.

Eso sí, para evitar tener que abonar impuestos por la venta de tu vivienda, la compra de la siguiente propiedad debe haberse hecho en un plazo inferior a dos años. Además, si para la compra de la nueva vivienda no se ha utilizado el 100% de las ganancias obtenidas, se debe tributar por la diferencia.

La cosa cambia cuando la vivienda que has adquirido se destina como segunda residencia: una casa en la playa o en la montaña destinada al descanso o recreo o bien una vivienda para alquilar.

¿Cómo tributa la compra de una segunda residencia?

Si has comprado un apartamento a pie de pistas de ski o cerca del mar para tus periodos vacacionales (navidades, Semana Santa, verano…) los pasos a seguir en la Renta son distintos.

Ahora bien, el concepto de segunda residencia también puede referirse a la adquisición de una vivienda como instrumento de inversión, es decir, comprar el piso para alquilar y obtener rentabilidad.

¿Cómo incluir la compra de una segunda residencia en la Renta?

La inclusión de la compra de una segunda residencia en la declaración de la renta puede depender del uso que se le haya dado al inmueble. La propiedad de una segunda residencia puede tener implicaciones fiscales significativas, y estas pueden variar según si se trata de una propiedad para uso personal, alquiler o inversión.

Declarar un inmueble para disfrute personal

La compra de una vivienda para disfrutarla en los periodos vacacionales sí tributa por el IRPF, ya que se trata de un incremento del patrimonio. Si mantenemos la vivienda para uso y disfrute personal, en la Renta 2024 tributa al 2% del valor catastral o al 1,1% si el valor catastral fue revisado en los últimos 10 años.

Se debe rellenar la casilla de “imputación de renta inmobiliaria”, que aplica a viviendas vacías o de uso propio.

¿Has comprado un piso para alquilar? Así se declaran las rentas

Si has comprado una vivienda en 2024 y la has puesto en alquiler, estás obligado a declarar las rentas obtenidas, que tributan como rendimientos de capital inmobiliario.

En la Renta 2024, es decir, la que aplica al ejercicio fiscal anterior, continúa vigente la reducción por arrendamiento de vivienda que, desde este año, puede ser de entre el 50% y el 90% (antes el 60%) si la vivienda alquilada se ha destinado a residencia habitual:

  • 90% de reducción al alquilar vivienda habitual en un mercado tensionado y con una rebaja en el precio del 5% sobre el contrato anterior.
  • 70% de reducción al alquilar vivienda habitual en zona tensionada a jóvenes de hasta 35 años.
  • 60% de reducción cuando en la vivienda se hayan realizado obras de rehabilitación en los dos años anteriores a la firma del contrato.
  • 50% en el resto de los casos.

 

Deducciones por reformas para mejorar el certificado energético

Si nada más adquirir tu vivienda decidiste realizar reformas para mejorar la eficiencia energética (instalación de ventanas nuevas, aislamiento de fachadas…), hay una serie de deducciones que se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2024 de las que te puedes beneficiar:

  • Obras que reduzcan el 7% de la demanda de calefacción o refrigeración. Te beneficias de una deducción en la Renta del 20% con un máximo de 5.000€ por vivienda.
  • Obras que reduzcan el 30% del consumo de energía primaria no renvovable o mejora la calificación energética a las letras A o B. Puedes conseguir una deducción del 40% de la reforma con un máximo de 7.500€ por vivienda.

En las rehabilitaciones realizadas en edificios de viviendas completos, la deducción equivale al 60%, con un máximo de 5.000€ por inmueble, y estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2025.

 

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