La compra de un piso es un proceso que está repleto de trámites: la firma del contrato de arras, la solicitud de la hipoteca, la firma del contrato de compraventa en el notario, el pago de impuestos, la inscripción de la compraventa en el Registro…
En este artículo, hablaremos de este último trámite, que consiste en inscribir la vivienda adquirida en el Registro de la Propiedad para ser reconocidos oficialmente como los nuevos propietarios del inmueble.
¿Cómo y cuándo se debe inscribir una compraventa en el Registro de la Propiedad? Desde iad España, te resolvemos todas las dudas acerca de esta operación.
Inscribir una compraventa de vivienda
El objetivo de inscribir la compra de una vivienda en el Registro de la Propiedad es dar publicidad a la información sobre la situación jurídica de la vivienda o finca en cuestión.
El Registro de la Propiedad recoge toda la vida de una finca desde que se inscribe por primera vez y teniendo en cuenta todos los actos jurídicos que le afectan (hipotecas, servidumbres, embargos, etc). En otras palabras, es la publicidad registral que dota de seguridad jurídica al sistema.
El Registro de la Propiedad es un organismo oficial que tiene como objetivo la inscripción de los inmuebles para saber quién es el propietario y los derechos y cargas que recaen sobre cada propiedad.
Su finalidad es dar seguridad a las operaciones que se realizan en el mercado inmobiliario. Y es que toda la información que recoge se da por cierta. El Registro de la Propiedad no da la titularidad, pero sí la hace pública.
De esta manera, y con el fin de facilitar la seguridad jurídica de los propietarios de las viviendas, esta inscripción sirve principalmente para tres cosas:
- Estar protegido jurídicamente. Tal y como indican desde el Colegio de Registradores, “sólo si inscribe su derecho en el Registro será considerado como único y verdadero propietario mientras no se declare lo contrario en sentencia judicial”.
- Poder contratar un préstamo hipotecario. El banco sólo podrá conceder una hipoteca para la adquisición de la vivienda si el comprador inscribe la vivienda en el Registro.
- Cambiar la titularidad en el Catastro. Tras realizarse la inscripción, el Registro comunicará al Catastro el cambio de titularidad de la vivienda.
Además, este trámite cumple otra función muy importante a la hora de comprar una nueva vivienda. Y es que permite comprobar si el inmueble está o no libre de cargas en la nota simple del Registro de la Propiedad y, en su caso, ver cuáles son.
En el Registro aparecerá la historia y detalles del inmueble, como su descripción, la superficie, la titularidad, las hipotecas o cargas vigentes o los embargos.
¿Cómo se inscribe una compraventa en el Registro de la Propiedad?
Inscribir una vivienda en el Registro de la propiedad no es un proceso complicado. Consta de los siguientes pasos:
- Acudir a la notaría para firmar la escritura pública de compraventa. El vendedor y comprador acuden a la notaría para firmar la escritura pública de compraventa.
- Liquidar los impuestos derivados de la compraventa. En ese momento, se liquidan los impuestos que correspondan: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o IVA y Actos Jurídicos Documentados.
- Presentar la documentación en el Registro de la Propiedad. Por último, se deben presentar los documentos en la Oficina Registral del territorio en el que se encuentre la vivienda.
La documentación puede presentarse de 4 maneras distintas, siendo las principales por vía telemática o físicamente en persona.
En los siguientes 15 días hábiles, desde el Colegio de Registradores se comprobará que el contrato de compraventa cumple los requisitos que fija la ley.
Si este tiene algún error, se notificará al comprador para que lo arregle y pueda inscribir correctamente su vivienda.
¿Cuál es el plazo de registro de una compraventa?
No existe un plazo determinado para inscribir la compraventa de un inmueble en el Registro.
Sin embargo, cuanto más tiempo transcurra desde que se firmó la escritura hasta que se inscribe, más elevado será el coste del trámite y mayores serán las dificultades con las que uno pueda encontrarse.
¿Qué documentación debo aportar para registrar una compraventa en el registro?
Para poder inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad, deberás presentar los siguientes documentos:
- Una copia autorizada de la escritura pública. En la notaría, al firmar la compraventa, podrán entregarte una copia de la escritura firmada por el notario.
- La liquidación de los impuestos. Deberás presentar los justificantes conforme has abonado los impuestos correspondientes.
- El justificante de pago de la Plusvalía Municipal. Deberás presentar también el justificante que garantice el pago de la Plusvalía Municipal al municipio que corresponda.
Estos documentos pueden presentarse de tres formas: de forma presencial (en la Oficina Registral que corresponda según la ubicación de la finca), a través de una gestoría o en la notaría el día de la firma del contrato de compraventa.
La tramitación de la inscripción la puede llevar a cabo el comprador, aunque lo más habitual es que sea la misma notaría, si incluye servicios de gestoría, la que se encargue de realizar los trámites posteriores a la compraventa, como el pago de impuestos (ITP o AJD) y la inscripción en el Registro.
¿Quién paga la inscripción en el Registro en una compraventa?
Inscribir la compraventa de la vivienda en el Registro de la Propiedad no es gratis. Este trámite, que sirve para figurar como titular de la vivienda en el Registro de la Propiedad, irá a cargo del comprador.
Y ¿cuál es su precio? Se trata de un trámite ligado a una tasa regulada (Real Decreto 1427/1989) que varía en función del valor del inmueble. Su tarifa mínima es de 24 euros y la máxima de 2.181,67 euros, según el Boletín Oficial del Estado.
El coste de la tramitación de la inscripción depende del valor del inmueble (el precio de venta que figura en la escritura).
¿Es obligatorio registrar la compraventa en el Registro?
En realidad, la inscripción de la compraventa de una vivienda en el Registro es un trámite totalmente voluntario, aunque muy recomendable.
Ningún propietario está obligado a registrar su vivienda en este organismo público, sin embargo, hacerlo es muy beneficioso para el comprador.
Si no registramos la compraventa en el Registro de la Propiedad, podremos tener problemas en el futuro.
- Perderemos la seguridad jurídica que otorga el Registro. La función más importante del Registro de la Propiedad es dar fe pública de que eres el titular de la vivienda.
- Más dificultades al ponerla a la venta. Será más difícil demostrar que realmente eres el propietario del inmueble, lo que podría generar problemas si lo quieres vender.
- Imposibilidad de conseguir una hipoteca. Para que una hipoteca pueda formalizarse, según la ley, la escritura debe constar en el Registro de la Propiedad.
- Costes de inscripción posterior más elevados. Si decides inscribir la escritura del piso más adelante, el trámite será más complejo y caro. Incluso, es posible que los gastos de inscripción de la compraventa puedan verse duplicados.
Una vez inscrita tu vivienda, esta no tendrá fecha de caducidad, por lo que no es un trámite que tengas que renovar.
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